PRIMA DE SERVICIOS
Todos los trabajadores desde el primer día de actividades el primer dia de actividades tiene derecho a la prima de servicio que sustituye la facilitación de actividades, se paga el equivalente a los 15 días de salario una el 30 de junio y la otra el 20 de diciembre pero es liquidada hasta el 30 de diciembre.
La prima no se computa como factor salarial las trabajadoras de servicio domestico y los conductores de servicio familiar no tiene derecho a prima, toda vez que la casa de familia no produce utilidades.
FORMULA PARA LIQUIDAR PRIMA
VALOR DE 15DDS/180*DIAS LABORADOS